
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) ha emitido las nuevas Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) en materia de generación distribuida. Este marco legal, analizado por Consultoría Fiscal de México, regula la interconexión de centrales eléctricas y la contraprestación por energía entregada a las redes generales de distribución.
Unificación de los Esquemas de Contraprestación
La normativa actual clarifica los tres modelos fundamentales para los usuarios que generan su propia energía:
- Net Metering (Medición Neta): Compensación física de energía.
- Net Billing (Facturación Neta): Liquidación de excedentes a precio de nodo.
- Venta Total: Venta de toda la energía generada sin autoconsumo directo.
Obligaciones Técnicas y de Inspección
Para asegurar la seguridad de la Red Eléctrica Nacional, la CRE establece requisitos que no deben pasarse por alto:
- Certificados de Inversión: La obligación de contar con dictámenes emitidos por Unidades de Inspección (UI) y Unidades de Verificación (UV) para garantizar que la instalación cumple con la NOM-001-SEDE.
- Estándares de Interoperabilidad: Los inversores y equipos deben cumplir con protocolos de comunicación específicos para permitir el monitoreo remoto por parte del gestor de la red.
- Límites de Capacidad: Se ratifica el límite de 0.5 MW para mantenerse bajo la figura de Generación Distribuida; superar este umbral implica un proceso de permiso de generación mucho más complejo.
Plazos y Transición para Contratos Vigentes
Es fundamental revisar los artículos transitorios de las DACG. Las empresas con contratos de interconexión previos deben verificar si su tecnología y esquemas de medición requieren una actualización tecnológica o documental ante la CFE para evitar sanciones o desconexiones por incumplimiento normativo.